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Resicion de Contratos

La rescisión es la anulación de un contrato que es totalmente válido, pero que deja de tener efectos porque una de las partes incumplió sus obligaciones.

Es el derecho que tiene la parte que sí cumplió para dar por terminada la relación sin responsabilidad para ella, y generalmente, exigiendo una compensación por los daños sufridos.

¿Por qué ocurre en el mundo mercantil?

A diferencia de los contratos civiles, los mercantiles (como una compraventa de mercancías, un contrato de seguro o un préstamo bancario) buscan la rapidez y el lucro. Las causas más comunes de rescisión son:

  1. Incumplimiento de pago: Cuando el comprador no liquida el precio en el tiempo acordado.

  2. Falta de entrega: Cuando el proveedor no entrega la mercancía o los servicios en la fecha pactada.

  3. Vicios o defectos: Cuando lo que se recibe no funciona o no es de la calidad que se prometió en el contrato.

¿Cómo funciona el proceso?

Un abogado mercantilista explicaría que no basta con dejar de hablarle a la otra parte; hay que formalizar la salida:

  • La Cláusula Rescisoria: La mayoría de los contratos bien redactados en Guadalajara incluyen una cláusula que dice exactamente qué pasa si alguien falla. Si está ahí, el proceso es más rápido.

  • Notificación Formal: Es vital avisar a la otra parte sobre la decisión de rescindir. A menudo se hace a través de un notario público o un corredor público para que tenga validez legal total.

  • Efectos de la Rescisión: Cuando un contrato se rescinde, las cosas deben volver al estado en que estaban antes (devolución de dinero o de mercancía), más el pago de una pena convencional (una multa acordada) si así se estipuló.

No se puede rescindir por cualquier detalle: El incumplimiento debe ser "grave" o afectar la esencia del negocio. Un retraso de una hora puede no ser suficiente, pero un retraso de un mes sí.

Vía Judicial: Si la otra parte no acepta la rescisión, se debe acudir a los juzgados mercantiles de Ciudad Judicial para que un juez la declare formalmente.

Daños y Perjuicios: Además de terminar el contrato, quien incumplió debe pagar por las ganancias que la otra parte dejó de percibir por su culpa (lucro cesante).